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MINISTERIO DE OBRAS

                                                 PÚBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA


                  MINISTERIO        ATRIBUCIONES DEL MINISTERIO CABEZA DE SECTOR   MARCO     IDENTIFICACIÓN Y
                   CABEZA DE                                                      LEGAL DEL   NOMBRE LEGAL
                    SECTOR                                                         SECTOR      DEL SECTOR
                             actividades inherentes al sector en el marco de sus atribuciones y   General de
                             funciones específicas.                               Transportes
                             1. Privativas:
                             Control del espacio y tránsito aéreo, en todo el territorio nacional y
                             la  construcción,  mantenimiento  y  administración  de  aeropuertos
                             internacionales y de tráfico interdepartamental.
                             2. Exclusivas:
                             a) Formular y aprobar las políticas estatales, incluyendo las referidas
                             a la infraestructura en todas las modalidades de transporte.
                             b)  Promover  políticas  de  desarrollo  portuario,  medidas  y  acciones
                             factibles en el aprovechamiento operativo del transporte acuático,
                             de  las  zonas  francas  y  puertos  cedidos  a  través  de  convenios
                             internacionales, con énfasis en puertos y vías internacionales, para
                             facilitar el desarrollo del comercio interno y externo del Estado.
                             c) Proponer iniciativas normativas, ejercer y ejecutar mecanismos de
                             financiamiento para proyectos en el sector.
                             d) Planificar, reglamentar y fiscalizar la aviación civil.
                             e) Regular el transporte de acuerdo al Plan General de Desarrollo,
                             establecer  los  parámetros  o  estándares  técnicos  mínimos  y
                             referenciales del transporte.                       Artículo 297
                             f) Establecer los criterios de clasificación y clasificar los aeropuertos   de la
                             y puertos de todo el territorio nacional según el tipo de tráfico.   Constitución
                             g)  Ejercer  competencias  exclusivas  sobre  el  transporte  fluvial,   Política del
                             lacustre y marítimo de integración nacional e internacional.   Estado
                             h) Ejercer competencias de control y fiscalización para los servicios
                             de transportes de alcance interdepartamental e internacional.
                             i) Regular las tarifas de transporte interdepartamental.
                             j)  Participar  en  la  determinación  de  políticas  internacionales  de
                             transporte en los organismos internacionales que corresponda.
                             k)  Planificar,  diseñar,  construir,  mantener  y  administrar  las
                             carreteras, líneas férreas y ferrocarriles de la Red Fundamental.
                             l)  Establecer  los  criterios  de  clasificación  de  la  Red  Fundamental,
                             departamental vecinal y comunitaria y clasificar las carreteras de la
                             Red Fundamental.
                             m)  Establecer  los  criterios  de  clasificación  y  clasificar  las  líneas
                             férreas de la Red Fundamental y vías férreas en los departamentos.
                             n) Ejercer competencias exclusivas sobre el transporte por carretera
                             y por ferrocarril de alcance interdepartamental e internacional de la
                             Red Fundamental.
                             o) Regular la actividad aeronáutica en el espacio aéreo del país.
                             3. Concurrente con las entidades territoriales autónomas:
                             Administración de los puertos fluviales.
                                                     --------- o ---------------












                                                       www.oopp.gob.bo
                             Av. Mariscal Santa Cruz – esq. Calle Oruro, Edif. Centro de Comunicaciones La Paz, 5º piso,
                                                  Telf.: (591-2)- 2119999 – 2156600
                                                         La Paz – Bolivia
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