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MINISTERIO DE OBRAS

                                                 PÚBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA


                      -  Priorizar  la  integración  comunitaria  vecinal  en  el  desarrollo  de  infraestructura  vial,
                         coordinando con las Entidades Territoriales del Estado el apoyo a las gestiones territoriales
                         para la construcción, mejoramiento y mantenimiento de caminos vecinales.
                      -  Proponer y aplicar normas y estándares internacionales en infraestructura de transporte.
                      -  Promover el desarrollo de tecnologías adaptadas a la realidad del país y las necesidades de
                         las regiones en materia de transportes.
                      -  Proponer  políticas  nacionales  y  normas  para  autorizar  el  ajuste  de  pesos  y  dimensiones
                         vehiculares,  así  como  las  características  y  especificaciones  para  las  Redes  Viales,  en
                         coordinación con las entidades involucradas.
                      -  Elaborar  propuestas  de  normas  técnicas  sobre  límites  permisibles  en  materia  de  su
                         competencia, desarrollar políticas ambientales para el sector en coordinación con la AAC.
                      2.  Formular  y  proponer  los  estudios  necesarios  para  la  creación  de  Empresas  Públicas
                         Estratégicas, en el área de su competencia.”

                  De esta manera, se puede indicar que el Viceministerio de Transportes es el encargado de dirigir el
                  sector  de  transportes,  a  través  del  desarrollo  de  planes,  programas,  proyectos,  estrategias  y
                  políticas que coadyuven en alcanzar la Meta de “Impulsar la Integración Nacional e Internacional
                  para fortalecer los centros productivos con sistemas de transporte carretero, aéreo, férreo, fluvial y
                  urbano”, conforme al horizonte civilizatorio del Vivir Bien.

                  Por otra parte, caben mencionar que mediante la Ley N° 165 de 16 de agosto de 2011, General de
                  Transportes, estableciendo en su Artículo 1, lo siguiente:

                      “Artículo 1. (OBJETO). La presente Ley tiene por objeto establecer los lineamientos normativos
                      generales técnicos, económicos, sociales y organizacionales del transporte, considerado como
                      un  Sistema  de  Transporte  Integral  –  STI,  en  sus  modalidades  aérea,  terrestre,  ferroviaria  y
                      acuática (marítima, fluvial y lacustre) que regirán en todo el territorio del Estado Plurinacional
                      de Bolivia a fin de contribuir al vivir bien.”

                  De igual manera, es menester señalar el Artículo 9 de la citada Ley, que indica lo siguiente:
                      “Artículo  9.  (POLÍTICA  SECTORIAL).  La  política  sectorial  de  transporte,  tiene  el  propósito  de
                      orientar la intervención del Estado Plurinacional en el nivel central, departamental, municipal y
                      autonomías  indígena  originario  campesinas,  para  contribuir  a  la  consecución  de  los  fines
                      esenciales del Estado, lograr una movilidad libre y digna en todo el territorio nacional en todas
                      sus modalidades de transporte y consolidar un país integrado e integrador a nivel nacional e
                      internacional.”
                  Bajo todos estos preceptos normativos, existen los instrumentos necesarios para poder articular,
                  promover y desarrollar las estrategias, planes y programas del Sector Transportes a través de su
                  cabeza de sector por el Viceministerio de Transportes.

                  Es necesario señalar, mediante la Ley N° 165, General de Transportes, se establecen modalidades
                  de transportes, siendo las siguientes:





                                                       www.oopp.gob.bo
                             Av. Mariscal Santa Cruz – esq. Calle Oruro, Edif. Centro de Comunicaciones La Paz, 5º piso,
                                                  Telf.: (591-2)- 2119999 – 2156600
                                                         La Paz – Bolivia
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