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MINISTERIO DE OBRAS
PÚBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA
CAPITULO I
1. PLAN SECTORIAL DE DESARROLLO INTEGRAL PARA VIVIR BIEN – PSDI
El Plan Sectorial de Desarrollo Integral para Vivir Bien (PSDI), se desprende del Plan de Desarrollo
Económico y Social (PDES) 2021 – 2025 “Reconstruyendo la Economía para Vivir Bien, Hacia la
Industrialización con Sustitución de Importaciones y es un plan de carácter operativo que permite
integrar en el mediano plazo el accionar de los diferentes sectores, estableciendo los lineamientos
para la planificación territorial y orientaciones para el sector privado, organizaciones comunitarias,
social cooperativas, así como para el conjunto de los actores sociales.
El Plan Sectorial del sector Hábitat y Vivienda, se convierte en la oferta estratégica del nivel central
del Estado a las Entidades Autónomas Territoriales, para que, a través de la articulación de sus PTDI’s
con el plan sectorial, se alcancen los resultados, metas y ejes estratégicos planteados en el Plan de
Desarrollo Económico y Social 2021 – 2025.
1.1 PROCESO DE FORMULACIÓN DEL PSDI
El proceso metodológico de construcción del PSDI, se ajusta a lo establecido en la Ley 777 de 21 de
enero de 2016, correspondiente al Sistema de Planificación Integral del Estado y los Lineamientos
Metodológicos para la formulación del Plan Sectorial de Desarrollo Integral para Vivir Bien -PSDI- para
el periodo 2021 – 2025.
1.2. IDENTIFICACIÓN DEL SECTOR
La estructura jerárquica del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda está establecida en el
Decreto Supremo N° 29894 de 7 de febrero de 2009, correspondiente a la Organización del Órgano
Ejecutivo, que en su artículo 69 nos señala que está constituido por los siguientes Viceministerios:
Viceministerio de Transportes
o Dirección General de Transporte Terrestre, Fluvial y Lacustre
o Dirección General de Transporte Aéreo
Viceministerio de Telecomunicaciones
o Dirección General de Telecomunicaciones
o Dirección General de Servicios en Telecomunicaciones
1
Viceministerio de Vivienda y Urbanismo
o Dirección General de Vivienda y Urbanismo
o Dirección General de Ordenamiento Urbano
1 En el caso del VMVU quedó pendiente el ajuste como sector con relación a la CPE, la Ley 31, la sentencia constitucional 2055 y las
recomendaciones de contraloría, que establece como sector “hábitat y vivienda” el cual debería fundamentarse a partir de la elaboración
de un marco normativo para el sector.
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