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MINISTERIO DE OBRAS
                                                 PÚBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA




                      h)  Promover  políticas  y  normas  de  metropolización  y  conurbación  y  complementación  de
                         esfuerzos entre los diferentes ámbitos del Estado Plurinacional, en materia de urbanismo e
                         integración de áreas urbanas y rurales.
                      i)  Coordinar con las instancias competentes de servicios básicos, la cobertura de estos, en los
                         programas de vivienda social.
                      j)  Promover el ingreso de la población del área urbana y rural a los programas de vivienda y
                         asentamientos humanos, en el marco de las políticas estatales y en coordinación con las
                         entidades territoriales del Estado.
                      k)  Promoción de la aplicación de instrumentos de gestión del suelo urbano estableciendo un
                         componente normativo de apoyo a la gestión urbana, orientado a su ordenamiento con
                         criterios de gestión de riesgos e identificando tierras urbanas y urbanizables en los gobiernos
                         territoriales para ejecutar planes de vivienda social.
                      l)  Promover la innovación e investigación de tecnologías para la vivienda social y el urbanismo.
                      m)  Formular  e  implementar  políticas  para  el  establecimiento  de  obras  públicas  de
                         infraestructura como articulador con los sectores y gobiernos autónomos.
                      n)  Planificar, supervisar, coordinar y ejecutar edificaciones urbanas y rurales, en el ámbito de la
                         infraestructura  pública,  del  nivel  central  del  Estado  y  en  coordinación  con  las  entidades
                         territoriales del Estado.
                      o)  Ejercer actividades administrativas de titulación y minutación de viviendas y lotes de terreno.
                      p)  Impulsar y coordinar la participación y el control social relativos a la calidad y transparencia
                         de los servicios públicos en materia de vivienda, urbanismo.
                      q)  Elaborar  y  ejecutar  planes  para  la  reconstrucción  y  rehabilitación  de  soluciones
                         habitacionales en casos de desastres declarados.
                      r)  Realizar los estudios técnicos necesarios para proponer la creación de empresas públicas
                         estratégicas, en el área de su competencia.
                      s)  Proponer convenios y acuerdos de coordinación interna y externa con los diferentes niveles
                         de organización territorial del Estado en los sectores de su competencia.
                      t)  Establecer las bases técnicas sectoriales para la realización de censos oficiales en el ámbito
                         de su competencia.

                  El Ministerio Cabeza de Sector debe considerar y señalar el marco legal que comprende la normativa
                  vigente relacionada con el sector en el marco legal sujeto a la planificación.

                    MINISTERIO CABEZA   ATRIBUCIONES DEL MINISTERIO   MARCO LEGAL DEL SECTOR   IDENTIFICACIÓN Y NOMBRE
                       DE SECTOR         CABEZA DE SECTOR                               LEGAL DEL SECTOR
                   Ministro de Obras   ATRIBUCIONES  MINISTRO  DE  OBRAS   -  Decreto  Supremo  Nro.  29894  de
                   Públicas, Servicios y   PUBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA   fecha 07 de febrero de 2009, el cual   HABITAT Y VIVIENDA
                   Vivienda         a)  Proponer   y   coadyuvar   en   la   establece  que  las  atribuciones  del
                                      formulación  de  las  políticas  del  Plan   Ministro  de  Obras  Públicas  y
                                      General  de  Desarrollo  Económico   Vivienda  y  su  estructura  y  del
                                      Social  en  coordinación  con  las   Viceministerio   de   Vivienda   y
                                      Entidades Territoriales del Estado, en   Urbanismo.
                                      el área de su competencia, así como
                                      su respectivo seguimiento.    - Decreto Supremo No. 986 de 11 de
                                    b)  Proponer,  dirigir  y  ejecutar  las   septiembre de 2011 Creación de la
                                      políticas  sectoriales  de  desarrollo   AEVIVIENDA
                                      económico  y  social  en  coordinación
                                      con el Ministerio de Planificación del
                                      Desarrollo.



                                                       www.oopp.gob.bo
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                                                  Telf.: (591-2)- 2119999 – 2156600
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